Objeto:

Favorecer tanto el mantenimiento del empleo como la generación de nuevos puestos de trabajo. Se establecen 2 tipos de ayudas:

  • Ayudas para el mantenimiento de empleo, consultar aquí.
  • Ayudas para la generación de empleo, consultar aquí.

En ambos casos, será la fecha de la contratación la que determine la modalidad de la solicitud.

Plazo de solicitud:

Comienza el 23/03/2021 y finalizará cuando se hayan cubierto las 500 ayudas previstas o, en su defecto, el 30/09/2021.

Consultar aquí otros plazos a tener en cuenta.

Lugar de presentación:

La presentación de solicitudes se realizará a través de la página web de la Fundación MAPFRE, debiendo seguir los pasos que se indican aquí.

Personas Beneficiarias:

Pequeñas empresas, personas trabajadoras autónomas y entidades sociales con hasta 6 personas empleadas.

Requisitos:

  • Cada empresa/persona trabajadora autónoma/entidad social (“empleadora”) podrá solicitar una única ayuda en esta convocatoria extraordinaria.
  • En las solicitudes de ayuda para generación de nuevos puestos de trabajo sólo se admitirán aquellas donde se contrate a una persona mayor de edad, en situación legal de desempleo y que haya estado en esta situación como mínimo los 30 días previos a la contratación para la que se solicita la ayuda, lo que deberá acreditarse con la inscripción en la oficina pública de empleo que corresponda.
  • La ayuda al empleo no se podrá otorgar sin que la relación laboral entre la persona empleadora y la persona empleada exista de antemano y esté en vigor en el momento de la solicitud.
  • Tanto los nuevos contratos suscritos como los existentes deberán ser preferiblemente indefinidos, aunque se aceptarán el resto de las modalidades vigentes, salvo el contrato por obra y/o servicio y el autoempleo, que quedan expresamente excluidas.
  • La duración mínima del contrato de trabajo a partir de la solicitud de la ayuda debe ser de 9 meses. 
  • No se admitirán solicitudes con jornadas laborales inferiores a 20 horas semanales.
  • Quienes hayan sido beneficiarias de una ayuda en la anterior convocatoria extraordinaria Covid y/o en la convocatoria 2020 no podrán solicitarla en esta edición.
  • Presentar toda la documentación que se indica en el momento que se cumplimente el formulario de solicitud.

Consultar aquí las obligaciones de las personas empleadoras.

Cuantía:

    • Hasta 2.700 € en total (distribuidos en mensualidades de hasta 300€) para aquellos contratos a media jornada igual o superior a 20 horas semanales.
  • Hasta 4.500 € en total (distribuidos en mensualidades de hasta 500€) para aquellos contratos de jornada completa.

MAPFRE ingresará dicha suma en la cuenta designada al efecto por la persona empleada por cuenta y orden de la persona empleadora. Para dicha persona empleadora la suma entregada tendrá carácter de donación.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

La participación en esta convocatoria será incompatible:

  • Con la percepción de cualquier retribución derivada de la realización de cualquier otro trabajo profesional por parte de la persona empleada beneficiaria de la ayuda, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena.
  • Con el cobro de las prestaciones por desempleo, o de cualquier otro tipo de beca y/o ayuda de similares características a la presente.

En caso de incumplimiento, la Fundación podrá exigir el reintegro de la cantidad aportada.

Procedimiento de concesión:

Una vez se compruebe que la documentación presentada cumple los requisitos establecidos, se procederá a la firma del convenio de colaboración entre el empleador y Fundación MAPFRE, además del anexo a dicho convenio en el que se recogen el consentimiento y los datos de la persona empleada y sus condiciones laborales, necesarios para la correcta gestión de la ayuda.

Documentación a aportar:

Junto a la solicitud será imprescindible presentar una documentación la cual deberá facilitarse en formato digital en la medida en la que esté disponible. Consultar aquí.

Más información:

Para más información:

  • Teléfono de información: 902.500.375 (de lunes a viernes de 09:00 a 14:00h)
  • También puedes enviar tus consultas a accedemos@fundacionmapfre.org