Objeto:

Solicitar el aplazamiento del pago correspondiente a las autoliquidaciones trimestrales de IGIC AIEM relativas al primer trimestre y presentadas en plazo, como medida excepcional que ayude a evitar dificultades de liquidez de las pymes y de las personas trabajadoras autónomas y, al mismo tiempo, que inyecte liquidez a la economía.

Plazo de solicitud:

Del 01/04/2021 al 20/04/2021, ambos inclusive.

Lugar presentación:

Respecto al lugar de presentación de la solicitud de aplazamiento, el programa de ayuda,para la cumplimentación de los modelos tributarios del IGIC o del AIEM, arbitra una opción, en el desplegable de la forma de pago para esta solicitud. Una vez cumplimentado el modelo de autoliquidación, éste se presentará por los procedimientos habituales:

  • A través del propio programa de ayuda, en la pestaña “Herramientas”, seleccionando la opción “Generar presentación telemática”.
  • De forma presencial, en las Oficinas de Atención Tributaria (mediante la solicitud de cita previa).

Personas Beneficiarias:

Todos las personas empresarias o profesionales con obligación de presentar autoliquidaciones trimestrales del IGIC y AIEM.

Consultar aquí exclusiones.

Requisitos:

  • Autoliquidaciones relativas al 1º trimestre de 2021.
  • Autoliquidaciones con periodo trimestral de liquidación (modelos 420, 421 y 417 trimestral de IGIC y 450 de AIEM).
  • Autoliquidaciones presentadas en plazo.

Condiciones:

  • El aplazamiento supone que la deuda podrá ser pagada hasta el 20/10/2021.
  • No se devengarán intereses de demora durante el aplazamiento.
  • Una vez vencido el plazo del 20/10/2021, se podrá solicitar fraccionamiento, en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicho vencimiento, lo que impedirá el inicio del periodo ejecutivo.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

El régimen de ayudas aplicable es el previsto en el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19.

Procedimiento de concesión:

Con la presentación de la solicitud, si se reúnen los requisitos previstos, el aplazamiento se concederá de manera automática, sin necesidad de resolución expresa.

Más información: