Objeto:
Atender el estado, situación de necesidad o hecho en que se encuentren las unidades familiares que vivan en una vivienda, en régimen de alquiler, con escasos recursos que resulten insuficientes para hacer frente a la renta mensual y, con la finalidad de evitar desahucios.
Plazo de solicitud:
20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP (publicado el 15/03/2021).
Lugar presentación:
- De manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Los Realejos.
- O, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Personas Beneficiarias:
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas toda persona arrendataria de una vivienda de Los Realejos.
Consultar aquí las exclusiones.
Requisitos:
- Ser miembro de la unidad familiar, titular de un contrato de arrendamiento de vivienda sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente de la unidad familiar beneficiaria de la ayuda.
- Estar empadronado/a y residir los miembros de la unidad familiar en este municipio durante un periodo de 6 meses anteriores a cada convocatoria.
- Que se dé la circunstancia de que ningún miembro de la unidad familiar disponga de vivienda habitual o en el supuesto de que fueran titulares de una vivienda, acreditar que el derecho de uso le corresponde a un tercero.
- Que el conjunto de los ingresos mensuales de los miembros de la unidad familiar no supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.
Cuantía:
Las cuantías se establecerá según la puntuación obtenida y podrán ascender a:
- 100 € al mes.
- 150 € al mes.
- 200 € al mes.
Si el importe de la renta mensual que satisface el arrendatario fuera inferior a la ayuda, ésta se abonará por el importe al que ascienda dicha renta mensual.
Consultar aquí los criterios de determinación individualizada.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
No podrán beneficiarse de la ayuda, los que hayan percibido ayudas de otras instituciones siempre que sean de la misma naturaleza, alcance y finalidad.
Consultar aquí las excepciones.
Procedimiento de concesión:
- Será por concurrencia competitiva.
- El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de 6 meses a partir de la presentación de la solicitud.
Documentación a aportar:
- Solicitud suscrita por la persona interesada o por quien ostente la representación legal (Instancia general normalizada), acompañada de la siguiente documentación (original y fotocopia para su cotejo): Consultar aquí.
- Alta a terceros en el Sistema Contable del Ayuntamiento de los Realejos debidamente cumplimentada (Alta y modificación de Terceros).
- Respecto al modelo de Declaración Responsable, contactar con los Servicios Sociales del Ayuntamiento de los Realejos.
Más información:
- Web del Ayuntamiento de los Realejos.
- BOP Santa Cruz de Tenerife, Convocatoria de la Ayuda (15/03/2021).
- BOP Santa Cruz de Tenerife, Ordenanza General (13/03/2019).
Para cualquier información adicional puede acudir de forma presencial o contactar telefónicamente con los Servicios Sociales de este Ayuntamiento.