Objeto:
Subvencionar las cuotas abonadas a la Tesorería General de la Seguridad Social por las personas que hayan causado alta en el RETA.
Plazo de solicitud:
Todo el año.
Lugar presentación:
Se debe solicitar por el interesado en el momento de darse de alta como persona trabajadora autónoma a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Se podrá acceder a este servicio a través de:
- Certificado Digital.
- Usuario + contraseña.
- Sistema Clave.
- Vía sms.
Personas Beneficiarias:
Personas trabajadoras autónomas de reciente creación o que lleven más de dos años sin realizar la actividad por la que se dan de alta (tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación).
Requisitos:
- No ser administrador/a de una sociedad mercantil.
- No ser una persona autónoma colaboradora (régimen especial para familiares de las personas trabajadoras autónomas).
- Las personas socias de Sociedades Laborales y de Cooperativas de Trabajo Asociado sí pueden optar a la tarifa plana.
Cuantía:
Las personas beneficiarias de los apartados 1, 2 y 3 anteriores, podrán optar a 12 meses más de bonificaciones/reducciones en los siguientes supuestos.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
Pluriactividad entre trabajo por cuenta propia y ajena: la Ley de Emprendedores introdujo unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de las personas trabajadoras autónomas para esos casos, pudiendo la persona trabajadora autónoma elegir entre la tarifa plana y la reducciones de la base de cotización por pluriactividad.
Para más información: pulsa aquí.
Documentación a aportar:
Una vez creada la solicitud, se deberá aportar la siguiente documentación a través del apartado Aportación de Documentos:
- Informe de bases y cuotas ingresadas a la Seguridad Social de los últimos 3 años cotizados.
Si no autorizó en la solicitud, además, deberá aportar:
- Acreditación del pago de las cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social en el período subvencionable.
- Certificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Estado y Comunidad Autónoma de Canarias).
- Certificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social.
- Acreditación de situación de alta en la Seguridad Social.
Más información:
- Página web de la Seguridad Social.
- Página web del SEPE relacionada.
- Bonificaciones/reducciones a la seguridad social de trabajadores/as autónomos/as.
- Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
- Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
- Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.