Objeto:

El bono social de electricidad implica un descuento en la factura eléctrica durante 2 años, siempre que no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción.

Consultar aquí otros beneficios.

Plazo de solicitud:

  • Consumidor/a vulnerable, consumidor/a vulnerable severo y consumidor/a en riesgo de exclusión social: Se puede solicitar en cualquier momento.
  • Consumidor/a vulnerable a causa del COVID-19: Hasta el 30 de junio de 2021.

Lugar presentación:

Solicitándolo, por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia (consulte aquí el listado de comercializadoras y sus datos de contacto)

Personas beneficiarias:

  • Consumidor/a vulnerable: consultar aquí la definición.
  • Consumidor/a vulnerable severo: consultar aquí la definición.
  • Consumidor/a en riesgo de exclusión social: consultar aquí la definición.
  • Consumidor/a vulnerable a causa del COVID-19: consultar aquí la definición.

Consultar aquí circunstancias especiales.

Requisitos:

  • Tener contratado el precio voluntario para el/a pequeño/a consumidor/a ( en adelante PVPC) en la vivienda habitual.
  • Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos según el tipo de consumidor/a.

Cuantía:

  • Consumidor/a vulnerable: descuento en la factura de un 25% sobre el PVPC.
  • Consumidor/a vulnerable severo: descuento en la factura de un 40% sobre el PVPC.
  • Consumidor/a en riesgo de exclusión social: no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica.
  • Consumidor/a vulnerable a causa del COVID-19: descuento en la factura de un 25% sobre el PVPC.

Documentación a aportar:

  • Modelo de solicitud del bono social (disponible en la página web de las comercializadoras y en sus oficinas de atención al consumidor (cuando las tuvieran).
  • Fotocopia del NIF/NIE del titular y de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años y los menores de 14 años que dispongan de él).
  • Certificado de empadronamiento del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
  • En caso de que forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hasta que sea posible la expedición de la hoja individual del Registro Civil, podría considerarse cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
  • En el caso de las familias numerosas, copia del título de familia numerosa en vigor.
  • Si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género, víctima de terrorismo o encuentra en situación de dependencia reconocida de grado II o III certificado u otro documento acreditativo que debe obtener del órgano competente en servicios sociales (consular aquí dónde obtener dicho certificado/documento). Si la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor, libro de familia y certificado de empadronamiento. Si la persona titular o la unidad familiar está integrada exclusivamente por pensionistas del Sistema de Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente que cobren pensión mínima,, certificado de la Seguridad Social.
  • Modelo de solicitud y declaración responsable (ver modelo aquí sólo para consumidores/as vulnerables a causa del COVID-19).

Más información:

Datos de contacto:

  • Teléfono de información: 913.146.673 (de lunes a viernes de 09:00 a 14:00h)
  • También puedes enviar tus consultas a ciudadano@idae.es