Objeto:
Esta subvención va dirigida a personas trabajadoras autónomas, pymes y micropymes que hayan padecido las consecuencias del estado de alarma en el territorio nacional, proveniente de la situación creada por la crisis epidemiológica del COVID-19.
Plazo de solicitud:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, desde la fecha de publicación de la convocatoria, (publicada en el BOP de Las Palmas el 09/04/2021) pudiendo anticiparse la solicitud desde su publicación en la página web del Ayuntamiento.
Lugar presentación:
La presentación de solicitudes, se realizará a través del Registro de este Ayuntamiento, sito en la calle Emilio Castellot 1, La Oliva.
Personas Beneficiarias:
- Personas trabajadoras autónomas, pymes y micropymes que hayan padecido las consecuencias del estado de alarma en el territorio nacional, proveniente de la situación creada por la crisis epidemiológica del COVID-19.
Quedan excluidas las personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Requisitos:
- Que el rendimiento económico neto de la actividad de la persona trabajadora autónoma correspondiente al ejercicio 2019 no sea superior a 50.000 € anuales, salvo para el supuesto de que la persona trabajadora autónoma haya iniciado su actividad económica en 2019, en cuyo caso estará exento del presente requisito.
- Que como consecuencia de la actual situación provocada por la pandemia del COVID-19 hayan visto afectada su actividad económica con una reducción de facturación superior al 20%, en comparación al período mensual inmediatamente anterior, por la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 que declara el estado de alarma.
- Que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Que estén al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social con la Administración del Estado, Administración Autonómica y con el Ayuntamiento de La Oliva, hasta 1 de enero de 2020.
- Que realicen su actividad económica en el municipio de La Oliva.
- Que estén domiciliados fiscalmente en el municipio de La Oliva. Se estudiará el caso que excepcionalmente, cumpliendo todos los demás requisitos, no tenga domicilio fiscal en La Oliva, pero que pueda demostrar que la facturación principal de su actividad económica se desarrolla y proviene de este municipio y que no ha recibido ayuda del ayuntamiento donde tiene el domicilio fiscal
- Que el trabajador no compatibilice su actividad con el trabajo por cuenta ajena.
Las personas beneficiarias están sujetas a las obligaciones que establece el art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuantía:
La ayuda consistirá en el abono de un único pago por importe de 800 €.
Consultar aquí los gastos subvencionables.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
- Esta subvención será compatible con otras ayudas que, ostentando una similar naturaleza, pudieran ser concedidas por otros organismos públicos.
- Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones de la propia Comunidad Autónoma de Canarias o de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales o internacionales que recaigan sobre el mismo objeto.
Procedimiento de concesión:
- El procedimiento de concesión será la concurrencia competitiva. La concesión se realizará, a aquellas personas solicitantes que hubieran obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios establecidos. Consultar aquí los criterios de adjudicación
- El plazo máximo para resolver las solicitudes es de 3 meses, a contar desde la fecha de fin del plazo de presentación de las mismas.
Documentación a aportar:
- Solicitud de Subvención y Declaración Responsable (Anexo I).
- Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud de subvención de la siguiente documentación: Consultar aquí.
Más información:
- Web del Ayuntamiento de la Oliva.
- BOP Bases reguladoras de la convocatoria de la ayuda.
- BOP Convocatoria de ayuda.
- Información adicional.
Para cualquier aclaración o consulta puede dirigirse directamente al personal del Departamento de Desarrollo Local:
- Teléfono 928 53 53 12 ext.2, en horario de 09,00 a 14,00 de lunes a viernes.