Objeto:

Concesión de ayudas para desarrollar Planes de implantación que mejoren la competitividad del sector turístico en el marco del Programa Competitividad Turística, subvencionados en un 85% por FEDER. Consta de 2 fases (Anexo I).

  • Fase I: Asesoramiento a la PYME – Diagnóstico Asistido.
  • Fase II: Plan Personalizado e Implantación (PPI).

Plazo de solicitud:

Desde el martes 30/03/2021, a las 09:00 horas, hasta el martes 07/04/2021, a las 14:00 horas.

Lugar presentación:

Las personas interesadas deben presentar su solicitud exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife.

Personas Beneficiarias:

  • Pymes, micropymes y personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife (únicamente para la isla de Tenerife).
  • Serán empresas beneficiarias indirectas aquellas que puedan ofrecer soluciones innovadoras a las empresas de los sectores mencionados. Las empresas interesadas deberán rellenar un formulario. Acceder aquí.

Consultar aquí exclusiones.

Requisitos:

  • Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 20141 o autónomo.
  • Estar dada de alta en fecha anterior al 29/03/2021 en alguno de los siguientes epígrafes del Censo IAE: – SECCIÓN PRIMERA: Epígrafes 67, 68, 72, 73, 755, 965, 966.2, 967 (exclusivamente campos de golf y centros de alto rendimiento para la captación de deportistas extranjeros) Y 98 – SECCIÓN SEGUNDA: Epígrafes 52, 59, 882 Y 883.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la isla de Tenerife.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Régimen Minimis: no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 € en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera.
  • Poseer intención de mejorar su competitividad a través de los procesos que se determinen a través del diagnóstico y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa.
  • No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa de Competitividad Turística en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.
  • Las empresas podrán acogerse a la fase II si han justificado su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro del año anterior a la misma, (y que no hayan sido beneficiarias de Fase II); o si acreditan haber participado en el último año en un programa similar
  • Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

  • Fase I: El coste de estos servicios será prefinanciado en su totalidad por la Cámara de Comercio, no suponiendo desembolso alguno por parte de la PYME beneficiaria.
  • Fase II: El presupuesto máximo elegible por empresa es de 7000 €, que será prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 85%, por lo que la cuantía máxima de ayuda por empresa será de 5.950 €.

Consultar aquí los gastos subvencionables.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

  • Esta ayuda se acoge al régimen de minimis.
  • La percepción de esta ayuda no podrá superar el coste de la actividad subvencionada  y es compatible con cualquier otra subvención/ayuda para distinto objeto y finalidad.

Procedimiento de concesión:

Se realizará mediante sorteo, y las ayudas se  concederán, siguiendo el citado orden de  prelación, a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos. Si no es necesario el sorteo, las solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa serán seleccionadas por estricto orden de registro de entrada.

  • Plazo máximo para resolver: 6 meses.

Documentación a aportar:

Más información: