Objeto:
La concesión de ayudas para desarrollar Planes de apoyo a la internacionalización a través del comercio electrónico, a las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Gran Canaria, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo del Programa Int-eComm, que consta de 2 fases:
- Fase I: Asesoramiento personalizado a la pyme.
- Fase II: Implantación (ayudas).
Consultar aquí la descripción del programa.
Plazo de solicitud:
Desde el lunes 19/07/2021 a las 08:00 horas, hasta el jueves 09/09/2021, a las 14:00 horas.
Lugar presentación:
Exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de Gran Canaria.
Personas Beneficiarias:
- Empresas (micro, pequeñas y medianas)
- Personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Consultar aquí exclusiones.
Requisitos:
- Ser una Pyme (según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014) o persona trabajadora autónoma.
- Ser una empresa industrial/comercial de la sección 1 del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En caso de empresas que operen en el sector primario de productos agrícolas, podrán ser beneficiarias las que desarrollen producto transformado si están dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Gran Canaria. Si una empresa posee varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc., el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Cumplir la norma de minimis (Reglamento Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18/12/2013), no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos 3 años (100.000 € en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera).
- Disponer de página Web operativa.
- Disponer de producto propio sobre el que se centrará el diseño de la estrategia de e-commerce y el desarrollo del Plan de Acción.
- Centrar la estrategia de e-commerce en un mercado internacional (a elegir en la fase de asesoramiento).
- Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que impone el art. 31 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.
Cuantía:
- Fase I: El coste de estos servicios será pre-financiado en su totalidad por la Cámara de Comercio, no suponiendo desembolso alguno por parte de la PYME beneficiaria.
- Fase II: El porcentaje máximo a percibir será del 85% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible de 7.000 € (IVA no incluido), siendo la cuantía máxima de la ayuda de 5.950 €.
Consultar aquí la tipología de gastos elegibles de la Fase II.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
- Compatible con cualquier otra subvención/ayuda para distinto objeto y finalidad.
- La percepción de esta ayuda no podrá superar el coste de la actividad subvencionada y está sujetas al régimen de minimis.
Procedimiento de concesión:
- Mediante sorteo, siguiendo el orden de prelación que resulte de dicho sorteo. Si no fuera necesario el sorteo, las solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa serán seleccionadas por estricto orden de registro de entrada.
- Plazo máximo para resolver: 6 meses.
Documentación a aportar:
- Solicitud (cumplimentar en la Sede Electrónica), acompañada de la siguiente documentación: Consultar aquí.
Más información:
- Página web de la Cámara de Gran Canaria.
- BOP Las Palmas Convocatoria del programa (16/07/2021).
- Programa Int-eComm (MOB 2021).
- Modelo Convenio DECA empresa.
- Tipología de Gastos subvencionables
Para ampliar información puede contactar con la Cámara de Comercio de Gran Canaria:
- Teléfono: 928 390 390
- Email: internacional@camaragc.es