Objeto:

 

Garantizar la liquidez y cubrir las necesidades de circulante de personas trabajadoras autónomas y pymes, con el fin de mantener la actividad productiva y el empleo, y que los arrendatarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19, puedan hacer frente a los gastos de alquiler de su vivienda habitual

 

Líneas de Avales y Cuantías:

 

  • Línea de Avales para Autónomos y Empresas: Dotada con hasta 100.000 millones de euros. Consultar más información aquí.
    • Pymes y autónomos: 67.500 millones de euros
    • Empresas no pymes: 25.000 millones de euros
    • Sector turístico y actividades conexas: 2.500 millones de euros para personas trabajadoras autónomas y pymes.
    • Adquisición o arrendamiento financiero u operativo de vehículos de motor de transporte por carretera de uso profesional: 500 millones de euros para personas trabajadoras autónomas y empresas.
    • Primer tramo: 8.000 millones de euros, de los cuales 5.000 millones de euros están destinados a pymes y personas trabajadoras autónomas y 3.000 millones de euros para empresas no pyme, para avalar la financiación concedida para atender sus necesidades de liquidez y las derivadas de la realización de nuevas inversiones.
    • Segundo tramo: 2.550 millones de euros, para avalar operaciones de financiación a empresas y personas trabajadoras autónomas que estén en fase de ejecución del convenio concursal dentro de un procedimiento de concurso de acreedores, pero que se encuentran al corriente de sus obligaciones conforme al convenio y puedan acreditarlo mediante informe judicial o del administrador.
    • Tercer tramo: 250 millones de euros, para avalar los pagarés emitidos en el MARF por empresas que no pudieron beneficiarse del tramo dispuesto en la primera Línea al estar en fase de renovación de su programa de pagarés.
    • Cuarto tramo: 500 millones de euros, para avalar la financiación concedida a pymes y personas trabajadoras autónomas, pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas, para atender sus necesidades derivadas de la realización de nuevas inversiones, así como las necesidades de liquidez. 

 

 

Plazo de solicitud: 

 

  • Línea de Avales para Autónomos y Empresas: Hasta el 01/06/2021.
  • Línea de Avales Inversión: Hasta el 01/06/2021
  • Línea de Avales Arrendamientos COVID-19: Hasta el 31/05/2021 y deberán formalizarse los préstamos hasta el 30/06/2021. Estos plazos podrán ser prorrogados hasta el 31/08/2021 y hasta el 30/09/2021, respectivamente, mediante Orden Ministerial. 

Lugar presentación: 

 

  • Línea de Avales para Autónomos y Empresas: En las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que suscriban con el ICO los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales. 
  • Línea de Avales Inversión: Entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos, que tengan formalizado con el ICO el contrato marco de línea de avales. Consultar aquí el listado de entidades adheridas.
  • Línea de Avales Arrendamientos COVID-19: En cualquiera de las entidades de crédito adheridas a la Línea de Avales Arrendamiento COVID-19 del ICO. Consultar aquí el listado.

 

Personas/entidades beneficiarias:

 

  • Línea de Avales Autónomos y Empresas: Empresas y personas trabajadoras autónomas.
  • Línea de Avales Inversión: Depende del tramo. Consultar aquí.
  • Línea de Avales Arrendamientos COVID-19: Los arrendatarios de vivienda habitual, residentes en España, con contrato en vigor suscrito al amparo de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19.

 

Procedimiento de Concesión:

 

  • Línea de Avales para Autónomos y Empresas: La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la financiación al cliente conforme a sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos, no pudiendo condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación, por parte del cliente, de ningún otro servicio o producto. Las entidades financieras podrán recurrir a la Línea de Avales para avalar operaciones de financiación otorgadas a personas trabajadoras autónomas y empresas.
  • Línea de Avales Inversión: La entidad financiera decidirá sobre la concesión de financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos. Las entidades financieras podrán recurrir a la Línea de Avales para avalar operaciones de financiación elegibles otorgadas a autónomos y empresas. Las entidades financieras aplicarán los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de los clientes y no podrán comercializar otros productos con ocasión de la concesión de préstamos cubiertos por este aval público ni condicionar su concesión a la contratación por parte del cliente de cualesquiera otros productos o servicios de la entidad.
  • Línea de Avales Arrendamientos COVID-19: La entidad de crédito analizará si las solicitudes de financiación cumplen todas las condiciones establecidas en la Orden TMA/378/2020 del MITMA y decidirá sobre la concesión de la financiación. No podrá ser avalada en esta Línea ninguna operación que no cumpla todas las condiciones establecidas en la citada orden y para las que no se aporten por los arrendatarios la totalidad de la documentación requerida en la misma. La entidad no podrá solicitar al arrendatario ningún tipo de garantía para la aprobación de la operación de financiación.

 

Más información: