Objeto:
Conseguir la inserción social, económica y laboral de aquel sector de la población en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, que proporcionará:
- Una prestación económica, cuya finalidad es ofrecer cobertura a las necesidades básicas de la vida a quienes, por carecer de recursos materiales, se encuentren en situación de mayor desigualdad social respecto al promedio de la población canaria.
- Apoyos a la integración social mediante la realización de actividades de inserción, dirigidas a transformar o prevenir situaciones de necesidad relacionadas con dificultades de inserción social, laboral y escolar, o ligadas a razones de desestructuración familiar, educativa, o desajustes personales.
Plazo de solicitud:
Todo el año.
Lugar de presentación:
- Presencial:
- En el Ayuntamiento (servicios sociales) correspondiente al domicilio en que habite la unidad de convivencia.
- En aquellas otras dependencias a que se refiere el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Por internet:
A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
Personas Beneficiarias:
- Son personas beneficiarias las que integran la unidad de convivencia de aquella persona que solicita la ayuda económica básica.
- Es persona titular la que obtenga la ayuda económica básica, resulte perceptora de la misma o integrante, en su caso, del programa específico de actividades de inserción dirigido a la unidad de convivencia y asuma, como principal persona obligada, los compromisos derivados de la ayuda.
Requisitos:
- Estar empadronadas y residir legalmente, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la ayuda, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo exenciones.
- Carecer de recursos económicos suficientes.
- Estar inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo, salvo aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren imposibilitados según la normativa vigente en materia de empleo, o escolarizados en estudios reglados.
- No residir de forma permanente en centros o establecimientos de titularidad pública donde se encuentran cubiertas las necesidades básicas de subsistencia de sus usuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 4.5 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción.
- La persona solicitante, además, deberá ser mayor de 25 años y menor de 65, con excepciones.
- Excepcionalmente, y por causas objetivamente justificadas en el expediente, podrán ser beneficiarias de la ayuda de la PCI las personas que reúnan o cumplan alguna de las siguientes circunstancias: Acceder aquí.
Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.
Cuantía:
La cuantía mensual de la PCI para el año 2021 es:
- 1 miembro 489,35 €
- 2 miembros 553,73 €
- 3 miembros 605,25€
- 4 miembros 637,45 €
- 5 miembros 663,18€
- 6 o más miembros 682,51 € (cuantía máxima).
Cabe la posibilidad de la modificación de la cuantía y de su renovación por el vencimiento del plazo de vigencia. La duración inicial de la ayuda económica será de 12 meses con excepciones.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
- La PCI básica tendrá carácter subsidiario de las pensiones que pudieran corresponder a las integrantes de la unidad de convivencia de la persona solicitante, sean del sistema de la Seguridad Social, o de cualquier otro régimen público de protección social (como el Ingreso Mínimo Vital) y quedará condicionada a que se acredite fehacientemente con carácter previo, tanto de haberlas solicitado, como de haberlas obtenido del organismo correspondiente.
- Tendrá carácter complementario, hechas las deducciones correspondientes, hasta el importe que corresponda percibir a la unidad de convivencia beneficiaria de la prestación, respecto de los recursos de que dispongan sus miembros, así como de las prestaciones económicas a que pudieran tener derecho.
Plazo de resolución de la solicitud:
El plazo máximo para resolver la solicitud es de 4 meses desde la fecha de presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada, salvo en el caso de ayudas que corresponden a circunstancias excepcionales que se entenderán denegadas.
Documentación a aportar:
- 1573-PCI Anexo I Solicitud de reconocimiento de la PCI acompañada de la siguiente documentación, acceder aquí.
- Anexo II a la solicitud de la PCI.
En el caso de la solicitud de la renovación por vencimiento del plazo de vigencia:
- Modelo de Solicitud de renovación de la PCI
- Declaración Responsable del titular de la PCI en el caso de renovación.
Más información:
- Página web del Gobierno de Canarias.
- Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción.
- Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción.
- Decreto ley 20/2020, de 26 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para paliar los efectos sociales derivados de la COVID-19 mediante el abono de una prestación extraordinaria a las personas titulares de las prestaciones no contributivas, del fondo de asistencia social, del subsidio de ingresos mínimos y de la prestación canaria de inserción, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Decreto ley 3/2021, de 18 de marzo, por el que se modifica la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, para agilizar la gestión administrativa de las renovaciones de la Prestación Canaria de Inserción, se mejora la financiación de la gestión municipal y se aprueba un suplemento económico en favor de las familias con personas menores de edad a cargo.
- Orden de 9 de junio de 2020, por la que se acuerda la aprobación de los modelos normalizados utilizables en la tramitación del procedimiento de concesión de la Prestación Canaria de Inserción para su publicación en la sede electrónica del Departamento.
- Vídeo de tramitación de la prestación canaria de inserción.
- Vídeo de últimos cambios en la prestación canaria de inserción.
Datos de contacto:
Para cualquier duda, contactar con la siguiente dirección de correo electrónico, señalando en el asunto: “Prestación Canaria”. prestacioncanaria.cbsjv@gobiernodecanarias.org