Objeto:

Conseguir la inserción social, económica y laboral de aquel sector de la población en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, que proporcionará:

  • Una prestación económica, cuya finalidad es ofrecer cobertura a las necesidades básicas de la vida a quienes, por carecer de recursos materiales, se encuentren en situación de mayor desigualdad social respecto al promedio de la población canaria.
  • Apoyos a la integración social mediante la realización de actividades de inserción, dirigidas a transformar o prevenir situaciones de necesidad relacionadas con dificultades de inserción social, laboral y escolar, o ligadas a razones de desestructuración familiar, educativa, o desajustes personales.

Plazo de solicitud:

Todo el año.

Lugar de presentación:

A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Personas Beneficiarias:

  • Son personas beneficiarias las que integran la unidad de convivencia de aquella persona que solicita la ayuda económica básica.
  • Es persona titular la que obtenga la ayuda económica básica, resulte perceptora de la misma o integrante, en su caso, del programa específico de actividades de inserción dirigido a la unidad de convivencia y asuma, como principal persona obligada, los compromisos derivados de la ayuda.

Requisitos:

  • Estar empadronadas y residir legalmente, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la ayuda, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo exenciones.
  • La persona solicitante, además, deberá ser mayor de 25 años y menor de 65, con excepciones.
  • Excepcionalmente, y por causas objetivamente justificadas en el expediente, podrán ser beneficiarias de la ayuda de la PCI las personas que reúnan o cumplan alguna de las siguientes circunstancias: Acceder aquí.

Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

La cuantía mensual de la PCI para el año 2021 es:

  • 1 miembro 489,35 €
  • 2 miembros 553,73 €
  • 3 miembros 605,25€
  • 4 miembros 637,45 €
  • 5 miembros 663,18€
  • 6 o más miembros 682,51 € (cuantía máxima).

Cabe la posibilidad de la modificación de la cuantía y de su renovación por el vencimiento del plazo de vigencia. La duración inicial de la ayuda económica será de 12 meses con excepciones.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

  • La PCI básica tendrá carácter subsidiario de las pensiones que pudieran corresponder a las integrantes de la unidad de convivencia de la persona solicitante, sean del sistema de la Seguridad Social, o de cualquier otro régimen público de protección social (como el Ingreso Mínimo Vital)  y quedará condicionada a que se acredite fehacientemente con carácter previo, tanto de haberlas solicitado, como de haberlas obtenido del organismo correspondiente.
  • Tendrá carácter complementario, hechas las deducciones correspondientes, hasta el importe que corresponda percibir a la unidad de convivencia beneficiaria de la prestación, respecto de los recursos de que dispongan sus miembros, así como de las prestaciones económicas a que pudieran tener derecho.

Plazo de resolución de la solicitud:

El plazo máximo para resolver la solicitud es de 4 meses desde la fecha de presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada, salvo en el caso de ayudas que corresponden a circunstancias excepcionales que se entenderán denegadas.

Documentación a aportar:

En el caso de la solicitud de la renovación por vencimiento del plazo de vigencia:

Más información:

Datos de contacto:

Para cualquier duda, contactar con la siguiente dirección de correo electrónico, señalando en el asunto: “Prestación Canaria”. prestacioncanaria.cbsjv@gobiernodecanarias.org