Objeto:

La creación de una ayuda extraordinaria como compensación para aquellos titulares de una licencia municipal para la realización de transporte público discrecional en Taxis, en el municipio de Tuineje que, como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID- 19, han visto reducidos de una manera significativa sus ingresos, encontrándose en una situación de dificultad económica y social habida cuenta de su condición de empresarios individuales.

Plazo de solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación en el BOP de las Palmas (publicado el 11/10/2021).

Lugar de presentación:

Personas Beneficiarias:

Las personas titulares de Licencia Municipal para la realización de Transporte Público Discrecional de Taxis del municipio de Tuineje.

Requisitos:

  • Tienen que estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
  • Haber figurado de alta como  persona trabajadora autónoma en el correspondiente régimen de la Seguridad Social acorde a la actividad subvencionada, al menos con antelación a la Declaración del Estado de Alarma y hasta la fecha de la presente convocatoria.
  • Permanecer dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, al menos, los 3 meses siguientes a la concesión de esta ayuda.
  • No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del art 13 de la Ley General de Subvenciones, manteniéndose este requisito durante todo el procedimiento.
  • Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones Tributarias Estatales, Autonómicas, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Tuineje.
  • Cumplir con las obligaciones impuestas en el art. 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • Que como consecuencia de la actual situación provocada por la pandemia del COVID-19 hayan visto afectada su actividad económica. Para la acreditación de este requisito deberá haberse producido una pérdida de ingresos o reducción de la facturación en cuantía igual o superior al 30% del presente año, en comparación con el año anterior. En el caso de personas trabajadoras autónomas con una antigüedad al RETA inferior a 1 año, la comparación se realizará entre la media de los ingresos mensuales desde el alta en el RETA y la facturación del presente año, esta tiene que haberse visto reducida en un 30%.

Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

Se efectuará un único pago 1000 €, de cuantía fija, por persona beneficiaria.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

  • Son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos, recursos o medidas o incentivos económicos o fiscales de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales adoptadas en relación a la crisis sanitaria provocada por los efectos de la COVID-19, así como con la bonificación de cuotas a la Seguridad Social y de la prestación extraordinaria estatal para trabajadores autónomos afectados por la crisis ocasionada por la COVID-19.
  • Están sometidas al régimen de “minimis” en los términos establecidos en el Reglamento (UE) Número 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre

Procedimiento de concesión:

  • Se concederán de forma directa.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las subvenciones será de 6 meses desde la finalización del plazo establecido para la presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y/o notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Documentación a aportar:

  • Solicitud (Anexo I) firmada por el representante legal o por el titular de la licencia y acompañada de la documentación que se indica en la solicitud.
  • Anexo II Declaración responsable.
  • Anexo III Declaración responsable de facturación

Más información: