Objeto:
Financiar actuaciones de dinamización comercial, el fomento del asociacionismo y la formación del sector comercial, realizados por asociaciones de comerciantes del municipio de Arona. Las actuaciones objeto de subvención son aquellas que tienen por objeto reforzar la competitividad del tejido comercial ubicado en núcleos urbanos del municipio de Arona.
Plazo de solicitud:
Del martes 9 al lunes 22 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
Lugar presentación:
- A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona.
- En las Oficinas de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Arona (SAC)
- En los términos previstos en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Personas Beneficiarias:
Asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial que desarrollen sus actividades dentro del ámbito territorial del municipio de Arona.
Consultar aquí las exclusiones.
Requisitos:
- Que, al menos un 60 % de sus miembros, desarrollen una actividad comercial minorista.
- Estar formal y legalmente constituidas e inscritas.
- Tener un mínimo de 25 empresas asociadas.
- Que su actividad se circunscriba al municipio de Arona.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria municipal.
- No tener acceso a otras ayudas o subvenciones de otras Administraciones Públicas que cubran la totalidad de la actuación para la que se solicita la ayuda.
- No estar incursas en alguna de las causas de prohibición establecidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
Consultar aquí las obligaciones de las entidades beneficiarias.
Cuantía:
- Un máximo de 10.000 € por solicitante.
Consultar aquí los gastos subvencionables y no subvencionables.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
- Compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- El importe de la subvención NO podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste total de la actividad subvencionada.
Procedimiento de concesión:
- Concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración, adjudicando a aquellos que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de dichos criterios.
- El plazo máximo para resolver las solicitudes de subvención será de 3 meses, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el art. 25.5 de la Ley General de Subvenciones.
Documentación a aportar:
- Instancia de Solicitud debidamente cumplimentada y firmada por el/la representante legal de la Asociación, acompañada de la siguiente documentación: Consultar aquí.
El plazo para realizar la justificación de la subvención concedida concluirá a los 2 meses de finalizar el proyecto.