Objeto:
Subvencionar a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento para la realización de proyectos que utilicen el conocimiento de excelencia, los resultados de investigación y las capacidades existentes, en las áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3).
Consultar aquí las Áreas Prioritarias de la RIS3.
Plazo de solicitud:
15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto convocatoria en el BOC (publicado el 17/09/2021), finalizando el 08/10/2021 a las 14:00 horas.
Lugar de presentación:
Obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la Sede Electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.
Personas Beneficiarias:
Empresas válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud.
Consultar aquí las exclusiones.
Requisitos:
- Tener residencia fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Contar con uno o más empleados a la fecha de solicitud.
- Cumplir las obligaciones recogidas en el art. 14 de la Ley General de Subvenciones.
- Las empresas que se acojan a esta subvención no podrán superar durante cualquier período de tres ejercicios fiscales los 200.000 €, o los 100.000 € si se trata de ayudas de minimis concedidas a una empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.
Consultar aquí las obligaciones de las entidades beneficiarias.
Cuantía:
La cuantía mínima y máxima de subvención a conceder por proyecto subvencionado son, 60.000 € y 174.990 €, respectivamente. La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del gasto elegible
Consultar aquí los proyectos y gastos subvencionables.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
No será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados financiadas con el mismo fondo estructural en el marco de otros programas operativos en virtud de lo dispuesto en el art. 65 del Reglamento (CE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
Procedimiento de concesión:
- Por concurrencia competitiva, según lo previsto en el art. 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- El plazo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvenciones será de 12 meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC.
- La Resolución que ponga fin al procedimiento habrá de ser única y contendrá la relación de las solicitudes desistidas y las excluidas, la relación de las solicitudes estimadas y las desestimadas, estableciéndose respecto a estas las causas de su desestimación.
Más información:
- Web de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
- Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (17/09/2021).
- BOC Bases reguladoras de la Subvención (14/02/2017).
- BOC Modificación de las Bases Reguladoras de la Subvención (14/11/2017).
- Guía para la tramitación de la Solicitud de Subvención.