Objeto:
Subvencionar la realización de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en instalaciones de iluminación (sustitución de lámparas y sus equipos auxiliares, sustitución de luminarias, sistemas de regulación y control, zonificación de iluminación, detectores, tecnología led, mecanismos horarios) en pequeñas y medianas empresas privadas cuya actividad se realice en la isla de Fuerteventura.
Plazo de solicitud:
El plazo de presentación de solicitudes será 1 mes, a contar desde la publicación de la convocatoria en el BOP de Las Palmas (publicado el 5 de marzo de 2021).
Lugar presentación:
- Registro General del Cabildo Insular de Fuerteventura. Avda. 1º de Mayo, nº 39 C.P. 35600 Puerto del Rosario.
- Oficinas de Atención al Ciudadano (Corralejo, Gran Tarajal y Morro Jable).
- Cualquier medio contemplado en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP.
Personas Beneficiarias:
Las personas físicas o jurídicas residentes en Fuerteventura, que pretendan realizar las actuaciones recogidas en el objeto de la presente subvención y reúnan los requisitos exigidos.
Requisitos:
- Las personas beneficiarias deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se concedió la subvención por un plazo no inferior a 5 años.
- Las personas beneficiarias estarán obligadas a comunicar y acreditar al órgano concedente el importe de las ayudas o subvenciones concedidas para la misma instalación, que reflejará en el ANEXO V.
Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.
Cuantía:
El porcentaje de subvención será del 50% respecto a los gastos subvencionables, con un máximo de 2.500 € de subvención por proyecto.
Consultar aquí los Gastos Subvencionables.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
Las subvenciones concedidas al amparo de la oportuna convocatoria serán compatibles con otras otorgadas para la misma finalidad, siempre que el importe global de las mismas y otros ingresos no supere en su conjunto el 70 % del coste subvencionable.De superarse dicho límite, la ayuda concedida en virtud de esta Medida V se minorará en la cantidad correspondiente al exceso.
Procedimiento de concesión:
- Será por concurrencia competitiva. Consultar aquí el Criterio de Valoración.
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimar la solicitud.
Documentación a aportar:
- Solicitud de Subvención (ANEXO I).
- Consulte la documentación a aportar por las personas físicas aquí.
- Consulte la documentación a aportar por las personas jurídicas aquí.
- ANEXO IV – Modelo de Aceptación
- ANEXO V – Justificación de la Subvención
- Anexo – Solicitud de Certificado de Imputaciones
Plazo de ejecución: desde el 16/10/2019 al 15/09/2021.
Plazo de justificación: hasta el 30 de septiembre de 2021.
Más información:
- Página web del Cabildo de Fuerteventura (clicar en la pestaña de Industria).
- BOP Bases Reguladoras de la Subvención (12/02/2021).
- BOP Convocatoria de la Subvención (05/03/2021).
- Esquema de la Subvención.
- Certificado del Acuerdo del Consejo de Gobierno.
Para más información contactar con la Consejería de Industria, Comercio, Transportes, Movilidad y Desarrollo Sostenibles (Servicio de Industria y Actividades Clasificadas):
- C/ Juan Dominguez Peña CP 35600 Puerto del Rosario.
- Teléfono: 928 85 50 03/ 928 85 89 12.