Objeto:

Regular, en régimen de concurrencia competitiva, el otorgamiento de subvenciones con la finalidad de la mejora de las empresas insulares de cara a la continuidad de su actividad como motor de la economía insular y corregir así el fallo del mercado que se produce por la situación desfavorable de la isla de El Hierro respecto a otros territorios en su condición de “isla menor” perteneciente a región ultraperiférica de la Unión Europea.

Plazo de solicitud:

15 días hábiles, a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (publicado el 28/07/2021).

Lugar de presentación:

Personas Beneficiarias:

  • Personas físicas o jurídicas, incluidas las personas empresarias individuales y los profesionales, las comunidades de bienes y las sociedades civiles y sociedades de trabajo asociado con centro de trabajo en la isla legalmente constituidos.

Consultar aquí las exclusiones.

Requisitos:

  • Tener el domicilio social y fiscal en El Hierro a la fecha de finalización del plazo fijado para la presentación de solicitudes y presten servicios o desarrollen actividad en centros de trabajo radicados en la isla. Cumple con este requisito el que figure en la declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036/037) de la Agencia Tributaria.
  • Haber iniciado su actividad empresarial o profesional antes de la finalización del plazo fijado para la presentación de solicitudes.
    • Personas físicas: la fecha de inicio de la actividad será la fijada en la declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036/037) de la Agencia Tributaria.
    • Personas jurídicas: la fecha de inicio de la actividad será fijada en la declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036/037) de la Agencia Tributaria a efectos de la obligación de presentar la declaración por el Impuesto sobre Sociedades.
  • Desarrollar actividades profesionales o empresariales incluidas en las siguientes divisiones del Impuesto de Actividades Económicas (IAE): Consultar aquí.
  • Que se trate de pequeñas empresas.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Cabildo de El Hierro y sus organismos oficiales y no tener pendientes subvenciones a justificar en el Cabildo de El Hierro.

Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

  • 50% del coste en el caso de gastos subvencionables por cuantía inferior a 3.000 €.
  • 60% del coste en el caso de gastos subvencionables por cuantía igual o superior a 3.000 €.

El importe mínimo de la inversión subvencionable será de 600 € y el máximo de 15.000 €. No se incluirá el IGIC en la aplicación de dichos importes.

Consultar aquí las actividades y gastos subvencionables.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

  • Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración, ente u organismo del sector público, entidades privadas o de la Unión Europea.
  • El importe de las subvenciones no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos percibidos para la misma finalidad, supere el coste total de la actividad a desarrollar por la persona beneficiaria.

Procedimiento de concesión:

  • Concurrencia competitiva, conforme al criterio de valoración.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de subvención es de 6 meses, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes. Al vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Documentación a aportar:

  • Solicitud electrónica (cumplimentada, con fecha y firma del solicitante o representante legal), que deberá ir acompañada de la siguiente documentación: Consultar aquí.

Más información: