Objeto:

El fomento de la comercialización y búsqueda de nuevos mercados y canales de distribución de las empresas y autónomos del sector de la moda y artesanía de la isla de Tenerife, y en particular, la participación en ferias sectoriales de ámbito nacional e internacional y showrooms para la potenciación y diversificación de mercados fuera de la isla.

Plazo de solicitud:

Del 02/09/2021 al 15/09/2021

Lugar de presentación:

Personas Beneficiarias:

Las empresas del Sector de la Moda y de artesanía, y las personas artesanas, que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.

Consultar aquí las exclusiones.

Requisitos:

  • Ser micropyme o PYME de acuerdo con la definición del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión Europea. 
  • Tener domicilio fiscal y social en Tenerife.
  • Tener marca propia registrada a su nombre, salvo que comercialice su producción, con el nombre de la empresa o de la persona autónoma solicitante.
  • Haber iniciado su actividad empresarial con carácter previo a la publicación de la convocatoria.
  • En el caso de sociedades mercantiles, sociedades mercantiles especiales, sociedades civiles con carácter mercantil y comunidades de bienes, el capital social deberá estar, exclusivamente, participado por personas físicas.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • En caso de empresas del sector de la moda, realizar al menos la fase de diseño del producto en Tenerife y estar incluída en alguna de las siguientes actividades del IAE: Consultar aquí.
  • En el caso de personas y empresas artesanas, estar en posesión del carnet que los acredite como tales, emitido por el Cabildo Insular de Tenerife en vigor, y estar dados de alta en un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) compatible con el oficio artesano del que posee en su carnet y para la actividad que pide la subvención.
  • Disponer de una Estrategia de Comercialización, Digitalización e Internacionalización, que refleje su estrategia de salida a mercados exteriores.
  • Para participar en ferias y showroom deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos siguientes:
  • Tener, al menos, un año de antigüedad, de forma continuada, en el ejercicio de la actividad en el momento de solicitar la subvención.
  • Tener presencia online, al menos uno de los siguientes formatos: página web, redes sociales – perfil profesional o de empresa-, blogs o estar operando en un Marketplace.
  • Disponer de un catálogo actualizado de los productos de la empresa solicitante.
  • No haber obtenido subvención en las dos convocatorias anteriores de esta línea de ayudas para asistir a la misma feria o showroom.

Consulta aquí las obligaciones de las personas o entidades beneficiarias.

Cuantía:

El porcentaje de la subvención no podrá superar el 50% de los gastos susceptibles de subvención., con una cuantía máxima total de 6.000 euros por persona o empresa solicitante.

  • Asistencia a ferias internacionales, nacionales y showrooms puntuales: (máximo de dos presencias):
  • Empresas de moda: importe máximo 2.500 euros por feria o showroom
  • Personas y empresas artesanas: importe máximo 1.500 euros por feria o showroom. Consultar aquí condiciones para ampliación de la cuantía.
  • Participación en un showroom permanente: importe máximo 2.500,00 euros para una permanencia anual.
  • Elaboración de material audiovisual y transformación digital: importe máximo 3.000 euros.

Abono anticipado hasta un máximo del 50% de la subvención concedida, previa acreditación de la inscripción en ferias o showrooms, sólo para personas y empresas artesanas

Consultar aquí los gastos subvencionables.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

Compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales. En ningún caso, el importe de las subvenciones o ayudas concedidas podrá superar  el coste total de la actividad subvencionable.

Procedimiento de concesión:

Concurrencia competitiva, en base a los siguientes criterios: Consultar aquí.

Documentación a aportar:

  • Solicitud disponible en la sede electrónica, acompañada de la siguiente documentación: Consultar aquí

Más información: