Objeto:
El fomento de la comercialización y búsqueda de nuevos mercados y canales de distribución de las empresas y autónomos del sector de la moda y artesanía de la isla de Tenerife, y en particular, la participación en ferias sectoriales de ámbito nacional e internacional y showrooms para la potenciación y diversificación de mercados fuera de la isla.
Plazo de solicitud:
Del 02/09/2021 al 15/09/2021
Lugar de presentación:
- En Sede electrónica
- En las Oficinas de asistencia en materia de Registro del Cabildo de Tenerife, es imprescindible solicitar cita previa.
Personas Beneficiarias:
Las empresas del Sector de la Moda y de artesanía, y las personas artesanas, que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.
Consultar aquí las exclusiones.
Requisitos:
- Ser micropyme o PYME de acuerdo con la definición del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión Europea.
- Tener domicilio fiscal y social en Tenerife.
- Tener marca propia registrada a su nombre, salvo que comercialice su producción, con el nombre de la empresa o de la persona autónoma solicitante.
- Haber iniciado su actividad empresarial con carácter previo a la publicación de la convocatoria.
- En el caso de sociedades mercantiles, sociedades mercantiles especiales, sociedades civiles con carácter mercantil y comunidades de bienes, el capital social deberá estar, exclusivamente, participado por personas físicas.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- En caso de empresas del sector de la moda, realizar al menos la fase de diseño del producto en Tenerife y estar incluída en alguna de las siguientes actividades del IAE: Consultar aquí.
- En el caso de personas y empresas artesanas, estar en posesión del carnet que los acredite como tales, emitido por el Cabildo Insular de Tenerife en vigor, y estar dados de alta en un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) compatible con el oficio artesano del que posee en su carnet y para la actividad que pide la subvención.
- Disponer de una Estrategia de Comercialización, Digitalización e Internacionalización, que refleje su estrategia de salida a mercados exteriores.
- Para participar en ferias y showroom deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos siguientes:
- Tener, al menos, un año de antigüedad, de forma continuada, en el ejercicio de la actividad en el momento de solicitar la subvención.
- Tener presencia online, al menos uno de los siguientes formatos: página web, redes sociales – perfil profesional o de empresa-, blogs o estar operando en un Marketplace.
- Disponer de un catálogo actualizado de los productos de la empresa solicitante.
- No haber obtenido subvención en las dos convocatorias anteriores de esta línea de ayudas para asistir a la misma feria o showroom.
Consulta aquí las obligaciones de las personas o entidades beneficiarias.
Cuantía:
El porcentaje de la subvención no podrá superar el 50% de los gastos susceptibles de subvención., con una cuantía máxima total de 6.000 euros por persona o empresa solicitante.
- Asistencia a ferias internacionales, nacionales y showrooms puntuales: (máximo de dos presencias):
- Empresas de moda: importe máximo 2.500 euros por feria o showroom.
- Personas y empresas artesanas: importe máximo 1.500 euros por feria o showroom. Consultar aquí condiciones para ampliación de la cuantía.
- Participación en un showroom permanente: importe máximo 2.500,00 euros para una permanencia anual.
- Elaboración de material audiovisual y transformación digital: importe máximo 3.000 euros.
Abono anticipado hasta un máximo del 50% de la subvención concedida, previa acreditación de la inscripción en ferias o showrooms, sólo para personas y empresas artesanas
Consultar aquí los gastos subvencionables.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
Compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales. En ningún caso, el importe de las subvenciones o ayudas concedidas podrá superar el coste total de la actividad subvencionable.
Procedimiento de concesión:
Concurrencia competitiva, en base a los siguientes criterios: Consultar aquí.
Documentación a aportar:
- Solicitud disponible en la sede electrónica, acompañada de la siguiente documentación: Consultar aquí