Objeto:

Apoyar, fomentar e impulsar la actividad económica por medio del establecimiento de ayudas destinadas a trabajadores autónomos, micros y pequeñas empresas para preservar la actividad económica de los sectores empresariales ante la situación generada por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y la consiguiente declaración del Estado de Alarma por el Gobierno de España que está afectando tanto a la ciudadanía como a la actividad económica.

Plazo de solicitud:

Será desde el jueves 27/05/2021, hasta el viernes 25/06/2021.

Lugar presentación:

  • En la sede electrónica del ayuntamiento: https://sede.granadilladeabona.org 
  • Cualquier oficina de la Red ORVE.
  • Oficinas de Correo.
  • En las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Granadilla de Abona.

Personas Beneficiarias:

  • Personas trabajadoras autónomas.
  • Personas jurídicas: únicamente sociedades de responsabilidad limitada constituidas por personas físicas.
  • Entidades sin personalidad jurídica: comunidad de bienes o sociedad civil.
  • Entidades de Economía Social: Cooperativas de trabajo asociado y Sociedades Limitadas Laborales.

Consultar aquí las exclusiones.

Requisitos:

  • Ser titular de micro y pequeñas empresas cuyo domicilio fiscal y desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Granadilla de Abona, o que, no teniendo domicilio fiscal en Granadilla de Abona, desarrolle su actividad en este término municipal.
  • Estar empadronados en el municipio de Granadilla de Abona con una antigüedad de al menos 6 meses en el momento de presentación de la solicitud, en el caso de personas trabajadoras autónomas que no desarrollen su actividad en local comercial.
  • Estar en situación de alta con anterioridad al 1/01/2020 y continuar activas a la entrada en vigor de la presente convocatoria, habiendo sufrido en el cuarto trimestre de 2020 y/o en el primer trimestre de 2021 una reducción igual o superior al 30% en el volumen de facturación respecto al mismo periodo del año inmediatamente anterior .

Las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas que hayan cursado alta con posterioridad al 1/01/2020, podrán ser beneficiarias siempre y cuando puedan acreditar que su facturación se ha visto reducida al menos un 30% en el primer trimestre de 2021 respecto a los mismos periodos del año anterior.

Cuantía:

  • El 100% del total de los gastos subvencionables justificados y debidamente pagados, incluidos los impuestos indirectos, hasta un importe máximo de 1.200 €.
  • Si el crédito no fuera suficiente para atender todas las solicitudes, se atenderán en base a la relación proporcional existente entre las cantidades justificadas, hasta el máximo de 1.200 €,  por todas las personas físicas o jurídicas solicitantes que cumplan los requisitos para percibir la subvención y el crédito disponible.

Consultar aquí los gastos subvencionables.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

La subvención regulada en las presentes bases será compatible con las establecidas por otras líneas de subvenciones y/o bonificaciones, siempre y cuando la acumulación de las mismas no supere el importe de la actuación objeto de la subvención.

Procedimiento de concesión:

Concesión directa, en la tramitación de solicitudes se guardará el orden estricto de presentación de las mismas.

Documentación a aportar:

Más información:

Para más información contactar: aedl@granadilladeabona.org o en el 922 75 81 11