Objeto:

Regular la concesión de subvenciones por el procedimiento de concesión directa, dirigidas a autónomos y pymes del municipio de Adeje, afectado por la crisis del Covid-19, con la finalidad de reactivar e impulsar la actividad local que permita mantener la actividad económica, el empleo y la dimensión competitiva de personas trabajadoras autónomas y pymes del municipio de Adeje, para que pueda afrontar las consecuencias derivadas del impacto generado por la crisis producida por el COVID-19

Plazo de solicitud:

Desde el 16 de septiembre hasta el 29 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Adeje.

Personas Beneficiarias:

Las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen en el término municipal de Adeje una actividad económica así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica y tengan ánimo de lucro.

Consultar aquí las exclusiones.

Requisitos:

  • Que el domicilio fiscal y el desarrollo de la actividad se encuentren en el término municipal de Adeje o que no teniendo domicilio fiscal en Adeje desarrolle su actividad en este término municipal. En el caso de autónomos que no desarrollen su actividad en local comercial, deberán estar empadronados en el municipio de Adeje con una antigüedad de al menos 6 meses en el momento de presentación de la solicitud.
  • Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre del establecimiento o una minoración en la facturación como consecuencia de la crisis generada por la COVID-19.
  • Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, en Hacienda Estatal y en Hacienda Autonómica en el momento de la presentación de la solicitud.
  • No haber solicitado el cese definitivo en su actividad económica en el momento de presentación de la solicitud.
  • No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria, con el Ayuntamiento de Adeje y con la Tesorería General de la Seguridad Social o en su caso, habérsele concedido mediante resolución un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
  • No tener pendiente de justificación ninguna subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Adeje, si ha finalizado el correspondiente plazo para ello.

Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

  • 1.500 € por persona o entidad solicitante. 
  • En caso de haber remanente en la partida presupuestaria, esta se repartirá proporcionalmente entre las personas beneficiarias de la ayuda.

Procedimiento de concesión:

  • Concesión directa,  por orden de presentación de las solicitudes.
  • El plazo máximo de resolución será de 6 meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido este plazo sin notificarse la resolución a las personas interesadas, se entenderá desestimada la solicitud de la subvención.

Documentación a aportar:

  • Modelo de Solicitud (Anexo II), acompañada de la siguiente documentación: Consultar aquí.
  • Declaración Responsable (Anexo III).
  • Acreditación de los datos bancarios y titularidad de la cuenta (Alta a Terceros), en caso de no haberlo presentado con anterioridad: Consultar aquí.

Más información:

Si desea más información puede contactar a través de:

Teléfono: 922 75 62 49 (Ext. 7519, 7542 y 7551)

Correo electrónico: empresas@adeje.es