Objeto:

Reactivar e impulsar la actividad local que permita mantener la actividad económica, el empleo y la dimensión competitiva del sector de la restauración del municipio de Adeje, para que pueda afrontar las consecuencias derivadas del impacto generado por la crisis producida por el COVID-19.

Plazo de solicitud:

Del martes 13 de julio hasta el lunes 26 de julio (ambos inclusive).

Lugar presentación:

Las solicitudes (que deberán estar firmadas obligatoriamente con firma electrónica) se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Adeje.

Personas Beneficiarias:

Las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen en el término municipal de Adeje una actividad económica así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica y tengan ánimo de lucro.

Consultar aquí las exclusiones.

Requisitos:

  • Que el domicilio fiscal y el desarrollo de la actividad se encuentren en el término municipal de Adeje o que no teniendo domicilio fiscal en Adeje desarrolle su actividad en este término municipal.
  • Que la actividad que desarrollan esté incluida en alguna de las agrupaciones o epígrafes correspondientes a la clasificación del Impuesto de Actividades Económicas relacionadas en el Anexo I (Epígrafes IAE Empresariales/Agrupación 67. Servicio de alimentación).
  • Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre del establecimiento o una minoración en la facturación como consecuencia de la crisis generada por la COVID-19.
  • Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, en Hacienda Estatal y en Hacienda Autonómica en el momento de la presentación de la solicitud.
  • No haber solicitado el cese definitivo en su actividad económica en el momento de presentación de la solicitud.
  • No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria, con el Ayuntamiento de Adeje y con la Tesorería General de la Seguridad Social o en su caso, habérsele concedido mediante resolución un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
  • No tener pendiente de justificación ninguna subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Adeje, si ha finalizado el correspondiente plazo para ello.

Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

2.000 € por persona solicitante de esta subvención.

Procedimiento de concesión:

  • Concesión directa y se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas.
  • El plazo máximo de resolución será de 6 meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido este plazo sin notificarse la resolución a las personas interesadas, se entenderá desestimada la solicitud de la subvención.

Documentación a aportar:

Más información:

Si desea más información puede contactar a través de:

Teléfono: 922 75 62 49 (Ext.7519)

Correo electrónico: asesoramientoempresarial@adeje.es