Objeto:

La concesión de una línea de ayuda extraordinaria a las personas titulares de Licencia de Taxi, personas físicas, que han padecido las consecuencias del estado de alarma, proveniente de la situación creada por la crisis epidemiológica del Covid-19. Estas ayudas intentan frenar las repercusiones económicas que se están generando en el seno de sus economías con ocasión de los decretados estados de alarma, lo que ha supuesto serias restricciones al desarrollo de su actividad y, por ende, una merma gravísima en sus ingresos.

Plazo de solicitud:

15 DÍAS hábiles, desde la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de Las Palmas (publicado el 13/08/2021) pudiendo anticiparse desde su publicación en la web del Ayuntamiento.

Lugar de presentación:

    • A través del Registro del Ayuntamiento de Pájara. 

Personas Beneficiarias:

Las personas trabajadoras autónomas del taxi en Pájara que reúnan los requisitos generales.

Quedarán excluidas las personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre LGS.

Requisitos:

  • Ser titular de una licencia de autotaxi en el municipio de Pájara, en vigor y en activo en la fecha de comienzo del estado de alarma (14/03/2020).
  • Que como consecuencia de la pandemia del COVID-19 hayan visto afectada su actividad económica, habiéndose producido una disminución del 35% en la declaración del Impuesto de la Renta de Personas Físicas en el epígrafe de rendimiento neto de actividades económicas durante el año 2020 respecto al ejercicio 2019.
  • Si el inicio de la actividad se produjo durante el año 2019 o 2020, quedarán exentas del anterior requisito, sin perjuicio de que se deberá aportar la declaración de la renta del 2019 y 2020 como justificación de que no venía realizando la actividad.
  • Que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Personas Trabajadoras por Cuenta Propia o Autónomas.
  • Que permanezcan de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Personas Trabajadoras por Cuenta Propia o Autónomas durante al menos los 6 meses siguientes a la presentación de la solicitud.
  • Que estén al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social con la Administración del Estado, Administración Autonómica y con el Ayuntamiento de Pájara.
  • Que estén domiciliadas fiscalmente en el municipio de Pájara. Excepción consultar aquí.
  • Que la persona trabajadora no compatibilice su actividad con el trabajo por cuenta ajena.

Consultar aquí  las obligaciones de las personas beneficiarias.

Cuantía:

Será una cantidad que complemente la prestación extraordinaria por cese de actividad para personas trabajadoras autónomas establecida por el Estado en el art. 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID‐19. El límite se establecerá individualmente en 1.500 €.

Consultar aquí los gastos subvencionables.

Compatibilidad/Incompatibilidad:

  • Serán compatibles con otras ayudas de similar naturaleza, concedidas por otras Administraciones Públicas, otros entes públicos o privados o por particulares nacionales o internacionales de acuerdo a lo establecido por el art. 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, LGS.
  • Serán incompatibles con las subvenciones para personas trabajadoras autónomas que se vienen tramitando de forma paralela en este Ayuntamiento de Pájara.

Procedimiento de concesión:

  • Será por concurrencia competitiva, comparándose las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados y en la convocatoria de la subvención (art. 22.1 LGS).
  • El plazo máximo para resolver las solicitudes es de 3 meses, desde la fecha de fin del plazo de presentación de las mismas.

Documentación a aportar:

  • Formulario de solicitud (Anexo I) debidamente cumplimentado y firmado acompañado de la siguiente documentación. Acceder aquí.

Más información: