Objeto:
La concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas, microempresas y pequeñas empresas con hasta 20 trabajadores del municipio de Arona, así como a sociedades civiles, que se hayan visto afectadas por las restricciones derivadas de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Plazo de solicitud:
Del 19 de julio hasta el 30 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
Lugar presentación:
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona.
Personas Beneficiarias:
- Las microempresas y pequeñas empresas de hasta un máximo de 20 trabajadores, cualquiera que sea su forma jurídica.
- Personas autónomas y sociedades civiles, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud.
Consultar aquí las exclusiones.
Requisitos:
- Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto por RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el art.10 del RD 463/2020 de 14 de marzo y las restricciones posteriores o, no siendo este el caso, que la actividad desarrollada por la empresa ha sufrido una reducción en la venta/facturación superior al 30% durante el año 2020 respecto del año anterior (2019).
- Disponer de un local abierto al público en el término municipal de Arona.
- Encontrarse dado de alta en el régimen de la Seguridad Social desde 14/03/2020.
- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con esta administración, con la Hacienda estatal (AEAT), con la Agencia Tributaria Canaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión. Se cumple este requisito, si la persona solicitante con deuda haya obtenido una resolución de la administración correspondiente que le autorice el aplazamiento, fraccionamiento, o fije un plan de pagos con dicha entidad.
- Haber justificado cualquier subvención o ayuda que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Arona, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
Consultar aquí las obligaciones de las personas beneficiarias.
Cuantía:
- Cantidad fija de 1.500 € para personas trabajadoras autónomas.
- Cantidad fija de 2.000 € para personas físicas o jurídicas con un nº de 1 a 5 personas trabajadoras contratadas a la fecha de inicio de la convocatoria de subvención.
- Cantidad fija de 2.500 € para personas físicas o jurídicas con un nº de 6 a 9 personas trabajadoras contratadas a la fecha de inicio de la convocatoria de subvención.
- Cantidad fija de 3.000 € para personas físicas o jurídicas con un nº de 10 a 20 personas trabajadoras contratadas a la fecha de inicio de la convocatoria de subvención.
Consultar aquí los gastos subvencionables y no subvencionables.
Compatibilidad/Incompatibilidad:
- Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma o distinta finalidad, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- En ningún caso el importe de esta subvención podrá ser de tal cuantía que aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, supere el coste de la actividad subvencionada.
Procedimiento de concesión:
- Concesión directa, las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas.
- El plazo máximo para resolver será de 3 meses desde la fecha de entrada de las solicitudes en el Ayuntamiento de Arona. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Documentación a aportar:
- Instancia de solicitud, modelo 822A firmada electrónicamente, la cual contiene información para la consulta interactiva por parte del Ayuntamiento y Declaración Responsable.
- Consultar aquí la documentación con la que se deberá acompañar con carácter general.
- Consultar aquí la documentación adicional en el caso de personas jurídicas y sociedades civiles.
Más información:
- Página web Ayuntamiento de Arona.
- BOP Convocatoria de la subvención (16/07/2021).
- BOP Bases Reguladoras de la subvención.
- Presentación de la Subvención.
Si desea más información puede contactar a través de:
- Teléfono: 922 761600 (Ext.3) Promoción económica y posteriormente (Ext.2) Personas autónomas, empresas y personas emprendedoras.
- Correo electrónico: promocioneconomica@arona.org